Vocabulario
Directive on Administrative Cooperation (DAC 8)
Directiva Europea
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Directiva
Última actualización: 08/06/2025
¿Qué es la DAC 8?
La DAC 8 es la octava enmienda a la Directiva de Cooperación Administrativa de la UE, adoptada en octubre de 2023, que transpone el estándar internacional del OCDE sobre criptoactivos (CARF) al derecho europeo, obligando a los proveedores de servicios de criptoactivos a informar a las autoridades fiscales sobre las transacciones de sus usuarios, entrando la mayoría de las disposiciones en vigor a partir del 1 de enero de 2026 para aumentar la transparencia y luchar contra el fraude fiscal en el sector de los criptoactivos.
¿Qué es la DAC 8?
Es una modificación de una directiva europea existente que amplía el intercambio automático de información fiscal a nuevos activos y entidades.
Su objetivo principal es adaptar el marco fiscal a la evolución del sector de los criptoactivos, incluyendo también el dinero electrónico y otros activos similares.
Transpone el Marco de Comunicación de Información sobre Criptoactivos (CARF) de la OCDE a la legislación europea, estableciendo un sistema internacional de comunicación directa entre proveedores de servicios y autoridades fiscales.
¿Cuándo entra en vigor?
La directiva se adoptó en octubre de 2023 y los Estados miembros tienen hasta el 31 de diciembre de 2025 para transponerla a su legislación nacional.
La aplicación de la mayoría de las disposiciones comenzará a partir del 1 de enero de 2026.
¿Qué implica la DAC 8?
Nuevas obligaciones de información para proveedores de criptoactivos: Las plataformas de criptomonedas (exchanges) deberán informar a las autoridades fiscales sobre la identidad y la residencia fiscal de sus usuarios, así como sobre sus operaciones.
Más transparencia para la Hacienda Pública: Las administraciones tributarias podrán tener acceso a los datos de las transacciones de los usuarios, lo que facilitará la lucha contra la evasión fiscal.
Refuerzo de la cooperación internacional: Se crea un sistema de intercambio de información automática entre las haciendas de los países, extendiendo la colaboración a jurisdicciones externas a la UE.
Inclusión de los criptoactivos en el embargo de bienes: La transposición de la DAC 8 habilita la posibilidad de embargar los criptoactivos por deudas fiscales, según lo desarrollado en la ley española.
¿Qué se espera para el futuro?
A partir de 2026, el mercado de criptoactivos será mucho más transparente y estará más integrado en los sistemas tributarios, ya que las ganancias obtenidas a través de estos activos estarán sujetas a impuestos de forma justa y equitativa.
Fuente: Agencia Tributaria + IA