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    Directive on Administrative Cooperation (DAC 8)

    Directiva Europea
    - Directiva Última actualización: 08/06/2025

    ¿Qué es la DAC 8?

    La DAC 8 es la octava enmienda a la Directiva de Cooperación Administrativa de la UE, adoptada en octubre de 2023, que transpone el estándar internacional del OCDE sobre criptoactivos (CARF) al derecho europeo, obligando a los proveedores de servicios de criptoactivos a informar a las autoridades fiscales sobre las transacciones de sus usuarios, entrando la mayoría de las disposiciones en vigor a partir del 1 de enero de 2026 para aumentar la transparencia y luchar contra el fraude fiscal en el sector de los criptoactivos.

    ¿Qué es la DAC 8?
  • Es una modificación de una directiva europea existente que amplía el intercambio automático de información fiscal a nuevos activos y entidades.
  • Su objetivo principal es adaptar el marco fiscal a la evolución del sector de los criptoactivos, incluyendo también el dinero electrónico y otros activos similares.
  • Transpone el Marco de Comunicación de Información sobre Criptoactivos (CARF) de la OCDE a la legislación europea, estableciendo un sistema internacional de comunicación directa entre proveedores de servicios y autoridades fiscales.


  • ¿Cuándo entra en vigor?
  • La directiva se adoptó en octubre de 2023 y los Estados miembros tienen hasta el 31 de diciembre de 2025 para transponerla a su legislación nacional.
  • La aplicación de la mayoría de las disposiciones comenzará a partir del 1 de enero de 2026.


  • ¿Qué implica la DAC 8?
  • Nuevas obligaciones de información para proveedores de criptoactivos: Las plataformas de criptomonedas (exchanges) deberán informar a las autoridades fiscales sobre la identidad y la residencia fiscal de sus usuarios, así como sobre sus operaciones.
  • Más transparencia para la Hacienda Pública: Las administraciones tributarias podrán tener acceso a los datos de las transacciones de los usuarios, lo que facilitará la lucha contra la evasión fiscal.
  • Refuerzo de la cooperación internacional: Se crea un sistema de intercambio de información automática entre las haciendas de los países, extendiendo la colaboración a jurisdicciones externas a la UE.
  • Inclusión de los criptoactivos en el embargo de bienes: La transposición de la DAC 8 habilita la posibilidad de embargar los criptoactivos por deudas fiscales, según lo desarrollado en la ley española.


  • ¿Qué se espera para el futuro?
  • A partir de 2026, el mercado de criptoactivos será mucho más transparente y estará más integrado en los sistemas tributarios, ya que las ganancias obtenidas a través de estos activos estarán sujetas a impuestos de forma justa y equitativa.


  • Fuente: Agencia Tributaria + IA

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