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    BOI (Beneficial Ownership Information)

    Reporte de Información sobre Beneficiarios Finales
    - Formulario USA Última actualización: 31/12/2023

    Qué es el BOI (Beneficial Ownership Information) y a quiénes afecta

    El Reporte de Información sobre Beneficiarios Finales (BOI, por sus siglas en inglés) es un reporte que algunas empresas tendrán que presentar de manera obligatoria. Será exigido por la FinCEN, la Red de Ejecución de Delitos Financieros del Tesoro de los Estados Unidos, a partir de enero del 2024. El BOI permite identificar información acerca de las personas que son propietarias o que reciben beneficios de una compañía, sea de forma directa o indirecta. Este reporte sólo debe tramitarse y presentarse una vez, a menos que más adelante haya que actualizar la información reportada inicialmente.

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    ¿Cuál es el origen y objetivo del reporte BOI?

    El BOI tiene como objetivo obtener datos precisos y relevantes para colaborar con la lucha contra el lavado de activos y la financiación de actividades delictivas como el terrorismo, el tráfico de drogas, y la evasión fiscal. Al tener claridad sobre los verdaderos beneficiarios de las empresas, el gobierno de Estados Unidos puede evaluar de manera más efectiva el nivel de riesgo que representa cada empresa. Este reporte surge de la Ley de Transparencia Corporativa (Corporate Transparency ACT, o CTA), que se promulgó en Estados Unidos en 2021. Esta ley forma parte de la tendencia global actual que busca una mayor transparencia en las finanzas internacionales.

    ¿Quiénes acceden a la información del reporte BOI de mi empresa?

    Según el fact-sheet del BOI, la Ley de Transparencia Corporativa autoriza al FinCEN a divulgar la información del reporte a cinco categorías generales de destinatarios:

  • Organismos gubernamentales federales, estatales, locales y tribales de EE.UU. que soliciten el BOI para fines específicos.
  • Organismos extranjeros encargados de la aplicación de la ley, jueces, fiscales, autoridades centrales y autoridades competentes (solicitantes extranjeros).
  • Instituciones financieras (IF) que utilicen el BOI para facilitar el cumplimiento de los requisitos de diligencia debida al cliente.
  • Reguladores funcionales federales y otros organismos reguladores apropiados que actúen en calidad de supervisores y evalúen el cumplimiento de los requisitos de DDC por parte de las IF.
  • El propio Departamento del Tesoro de EE.UU.
  • Vale aclarar que la información se divulgará a estos destinatarios solamente en circunstancias determinadas y cumpliendo con diversos requisitos.

    Por ejemplo, los organismos extranjeros tienen que presentar sus solicitudes de información a través de organismos federales intermediarios de Estados Unidos. Nunca tendrán acceso directo al sistema informático donde se almacenan los reportes. En su lugar, sus solicitudes serán dirigidas por entidades estadounidenses intermedias, que proporcionarán la información solicitada según su criterio.

    Además, las solicitudes de organismos extranjeros podrán realizarse únicamente por dos motivos:

  • En virtud de un tratado, acuerdo o convenio internacional.
  • Para colaborar con autoridades policiales, judiciales o fiscales de un país extranjero de confianza.
  • En el segundo caso, si no hay ningún tratado o acuerdo internacional que honrar, la FinCEN tendrá en cuenta los intereses y prioridades de EEUU para determinar si debe revelar la información a los solicitantes extranjeros.

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    Fuente: Firmaway

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